Permiso B en Castellón en Autoescuelas Joaquín

Autoriza a conducir:

El permiso B se obtiene a partir de los 18 años habilita para conducir vehículos de dos o tres ruedas y cuadriciclos de motor.

Tipos de vehículos que te permite conducir el permiso B

Con el carnet de conducir del tipo permiso B puedes conducir estos tipos de vehículos:

Turismos: Cualquier tipo de coche (urbano, todoterreno, monovolumen, furgoneta,...), siempre que su peso máximo no supere los 3.500 Kg y que el número de plazas sea 9 como máximo (incluyendo al conductor). Vehículos de dos ruedas:
- Ciclomotores con cilindrada menor de 50 cm3 o con motor eléctrico, que tengan una velocidad limitada a 45 km/h.
- Motocicletas: a los 3 años de experiencia con el carnet B se convalida el carnet A1, que te permite conducir motos de hasta 125 cm3 y con una potencia máxima de 11 kW (15CV).

Vehículos de tres ruedas: Motos de tres ruedas o triciclos, siempre que dos de las tres ruedas estén en el mismo eje.
Cuatriciclos y quads. Microcoches y vehículos que hayan sido homologados como cuatriciclo. También cualquier vehículo homologado como quad o ATV, de ocio o de tipo agrícola.

Además, el permiso de conducir del tipo permiso B permite conducir todos los vehículos descritos anteriormente con un remolque enganchado, siempre que el peso total del vehículo más el remolque no supere el peso máximo admitido en la ficha técnica del vehículo.

Reglamento General de Conductores

El Reglamento General de Conductores especifica del siguiente modo los vehículos que se pueden conducir con el permiso B:

Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos. Triciclos y cuatriciclos de motor.

La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos. No obstante, hasta los veintiún años cumplidos no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW.

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